https:\/\/www.olavarria.gov.ar\/el-municipio-rescindio-el-contrato-con-la-empresa-encargada-del-plan-de-viviendas-industrializadas-tuvi\/<\/a>)<\/p>\nQue la causal por la que el Municipio rescinde el contrato, en apariencia, ya que no se conoce hasta ahora el texto del decreto, ser\u00eda entonces la aplicaci\u00f3n de dos multas.<\/p>\n
Que en el mismo texto publicado por el propio municipio y entrecomillado se atribuye al Secretario de Gobierno la siguiente frase ” \u201cProducto del enorme proceso inflacionario que vive desde hace m\u00e1s de un a\u00f1o nuestro pa\u00eds, la empresa a cargo de la obra no pudo completarla y ya estamos trabajando para que los adjudicatarios finalmente puedan acceder a sus hogares\u201d<\/p>\n
Que el contrato rescindido por el Municipio tiene un sistema de redeterminaci\u00f3n de precios previsto por el art\u00edculo 37 del pliego de bases y condiciones particulares establecido para mantener el equilibrio econ\u00f3mico de las contraprestaciones si se hubiese producido una variaci\u00f3n global en los costos de los montos del contrato correspondientes a la parte faltante de ejecutar, podr\u00e1n ser re determinados a solicitud del contratista lo que supone que ese mecanismo constitu\u00eda una herramienta adecuada para evitar la rescisi\u00f3n contractual.-<\/p>\n
Que no obstante el reconocimiento p\u00fablico por parte del municipio de las innumerables deficiencias constatadas en la ejecuci\u00f3n de las viviendas que fu\u00e9 motivo de un grave conflicto que tom\u00f3 estado p\u00fablico a ra\u00edz de los reclamos de los adjudicatarios de las viviendas, que incluy\u00f3 un adicional de obra derivada de los errores de proyecto vinculados con la instalaci\u00f3n de los tanques de agua, los funcionarios tratan de justificar la rescisi\u00f3n en enorme proceso inflacionario que vive desde hace m\u00e1s de un a\u00f1o nuestro pa\u00eds,<\/p>\n
Que resulta inexplicable que por un lado la rescisi\u00f3n del contrato se fundamente en la aplicaci\u00f3n de dos multas dispuestas por decretos del mes de julio y agosto de 2022 y el 23 de Agosto , a menos de un mes de rescindirle el contrato, se le otorgue a la contratista por decreto n\u00ba 4116 un adicional de obra por m\u00e1s de cuatro millones de pesos…<\/p>\n
Que el C\u00f3digo Civil y Comercial en su art\u00edculo 1091 dice: Imprevisi\u00f3n. Si en un contrato conmutativo de ejecuci\u00f3n diferida o permanente, la prestaci\u00f3n a cargo de una de las partes se torna excesivamente onerosa, por una alteraci\u00f3n extraordinaria de las circunstancias existentes al tiempo de su celebraci\u00f3n, sobrevenida por causas ajenas a las partes y al riesgo asumido por la que es afectada, \u00e9sta tiene derecho a plantear extrajudicialmente, o pedir ante un juez, por acci\u00f3n o como excepci\u00f3n, la resoluci\u00f3n total o parcial del contrato, o su adecuaci\u00f3n. Igual regla se aplica al tercero a quien le han sido conferidos derechos, o asignadas obligaciones, resultantes del contrato; y al contrato aleatorio si la prestaci\u00f3n se torna excesivamente onerosa por causas extra\u00f1as a su \u00e1lea propia.<\/p>\n
Que uno de los mayores perjuicios que le causa al Municipio la rescisi\u00f3n del contrato por culpa de la contratista es el mayor precio que deber\u00e1 pagar al nuevo contratista que termine la obra.<\/p>\n
POR TODO LO EXPUESTO EL INTERBLOQUE FRENTE DE TODOS PONE A CONSIDERACI\u00d3N DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE OLAVARR\u00cdA EL SIGUIENTE PROYECTO DE<\/p>\n
PEDIDO DE INFORMES<\/p>\n
ART\u00cdCULO 1\u00b0 Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda correspondiente, se sirva informar y dar respuesta en forma detallada al Honorable Concejo Deliberante sobre los siguientes \u00edtems:<\/p>\n
1- Informe los motivos por los cuales el Municipio de Olavarr\u00eda rescindi\u00f3 el contrato con la Firma Escobedo Mariano Mauro mediante Decreto N\u00b0 4546\/22 .<\/p>\n
2- Informe los motivos por los cuales la empresa fue multada seg\u00fan Decretos 3806\/22 y 4488\/22.<\/p>\n
3- Informe que quiso decir, seg\u00fan publicaciones del Diario El Popular, el Se\u00f1or Hilario Galli cuando manifiesta que tiene \u201cMucho de ex\u00f3geno el fallo de la obra\u201d<\/p>\n
4- Informe cual fue el motivo por el que el se\u00f1or Hilario Galli dijo en sus declaraciones \u201cProducto del enorme proceso inflacionario que vive desde hace m\u00e1s de un a\u00f1o nuestro pa\u00eds, la empresa a cargo de la obra no pudo completarla y ya estamos trabajando para que los adjudicatarios finalmente puedan acceder a sus hogares\u201d, siendo que exist\u00eda en el contrato un sistema de re determinaci\u00f3n de precios.<\/p>\n
5- En relaci\u00f3n a los dichos del Se\u00f1or Hilario Galli en los que manifiesta \u201c “analizamos todos los errores en los que pudimos incurrir y pedimos disculpas porque algo que tendr\u00eda que haber sido ilusi\u00f3n, esperanza y la alegr\u00eda, que se convierta en estos sentimientos no es lo que nosotros esper\u00e1bamos. Por eso les pedimos disculpas, por tener que pasar por todo este proceso”. Informe cuales son los errores que se cometieron.<\/p>\n
5 bis- Informe si los proyectos arquitect\u00f3nicos fueron elaborados por profesionales de la planta permanente del municipio o contratados a terceros y los nombres de los profesionales intervinientes y su correspondiente matr\u00edcula<\/p>\n
6- Siendo que el Se\u00f1or Intendente manifest\u00f3 en declaraciones p\u00fablicas \u201cDecid\u00ed hacer viviendas industrializadas porque es una construcci\u00f3n que est\u00e1 pasando en el mundo, y est\u00e1 muy avanzada en todo el mundo. Porque es una construcci\u00f3n mucho m\u00e1s r\u00e1pida, m\u00e1s econ\u00f3mica y est\u00e1 pasando, y es un cambio cultural que va a suceder en alg\u00fan momento, y fue una idea m\u00eda, una apuesta personal\u201d. Informe los motivos que llevaron al Municipio a adjudicar una obra de estas caracter\u00edsticas a una empresa sin experiencia en el rubro.<\/p>\n
7- Sabiendo que en alg\u00fan momento del proceso de construcci\u00f3n del Plan de viviendas se decidi\u00f3 por diferentes motivos la construcci\u00f3n de s\u00f3lo 14 viviendas pero que desde el punto de vista presupuestario est\u00e1n considerados los fondos para construir las 20 viviendas del Proyecto original, Informe si con el cambio de empresa se retomar\u00edan las obras contratadas originalmente, o sea la construcci\u00f3n de 20 viviendas prefabricadas<\/p>\n
8- Informe si la empresa ha sido eliminada o suspendida en el Registro de Licitadores Municipal. De ser as\u00ed, por cuanto tiempo.<\/p>\n
9- Informe la metodolog\u00eda que se utilizar\u00e1 para la contrataci\u00f3n de los trabajos necesarios para la total ejecuci\u00f3n de las viviendas. En particular si se efectuar\u00e1 una licitaci\u00f3n o se apelar\u00e1 a la contrataci\u00f3n directa por razones de urgencia…<\/p>\n
10- Este Concejo Deliberante solicita se remita para su conocimiento junto con la respuesta a este pedido de informes copia autenticada de:<\/p>\n
*\u00d3rdenes de servicio emitidas y las notas de pedido de la empresa que consten en el libro respectivo<\/p>\n
*Multas aplicadas a la empresa<\/p>\n
* Decreto de rescisi\u00f3n del contrato con la firma Escobedo Mariano Mauro<\/p>\n
* P\u00f3liza de seguro de cauci\u00f3n de cumplimiento contractual.<\/p>\n
ART\u00cdCULO 2: De forma.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
As\u00ed lo expresaron desde el bloque Foro Olavarr\u00eda – Frente Renovador en el Frente de Todos luego de que fuera rechazado un pedido de informe sobre la rescisi\u00f3n del contrato del programa de viviendas TuVi.<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":75906,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"jetpack_post_was_ever_published":false,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","enabled":false}}},"categories":[98],"tags":[3266],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/infoolavarria.com\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/Creimer-Informe-TuVi.jpg?fit=800%2C500&ssl=1","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/75905"}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=75905"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/75905\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":75908,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/75905\/revisions\/75908"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/media\/75906"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=75905"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=75905"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=75905"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}