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{"id":72445,"date":"2022-01-04T21:43:32","date_gmt":"2022-01-05T00:43:32","guid":{"rendered":"https:\/\/infoolavarria.com\/?p=72445"},"modified":"2022-01-04T21:43:32","modified_gmt":"2022-01-05T00:43:32","slug":"condenado-por-abusar-de-una-nena-sigue-profugo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoolavarria.com\/2022\/01\/condenado-por-abusar-de-una-nena-sigue-profugo\/","title":{"rendered":"Condenado por abusar de una nena, sigue pr\u00f3fugo"},"content":{"rendered":"

Es oriundo de Azul, tiene 55 a\u00f1os y se llama Carlos Daniel G\u00f3mez. Desde el mi\u00e9rcoles de la semana anterior est\u00e1 pr\u00f3fugo y ha sido declarado “en rebeld\u00eda”, se\u00f1alaron ayer fuentes judiciales a EL TIEMPO.<\/p>\n

Aquel d\u00eda, tras la realizaci\u00f3n de un juicio al que hab\u00eda llegado en libertad, en el Tribunal Oral en lo Criminal n\u00famero 1 el hombre fue condenado a cinco a\u00f1os y tres meses de prisi\u00f3n por haber abusado de una menor.<\/p>\n

Seg\u00fan quedara probado en el debate, ese hecho por el que ahora el azule\u00f1o permanece evadido de la justicia hab\u00eda ocurrido en Loma Negra en 2012 en perjuicio de una nena que en ese entonces ten\u00eda tres a\u00f1os de edad.<\/p>\n

A escala penal qued\u00f3 definido como un abuso sexual simple agravado por haber sido cometido contra una menor de dieciocho a\u00f1os aprovech\u00e1ndose de la situaci\u00f3n de convivencia preexistente con la misma, el delito por el cual Joaqu\u00edn Duba -el magistrado del TOC 1 que intervino en este juicio- adem\u00e1s de pronunciarse a favor del veredicto condenatorio para el encausado orden\u00f3 su “inmediata detenci\u00f3n”, seg\u00fan se menciona en el fallo dado a conocer hace seis d\u00edas.<\/p>\n

Fernanda Gim\u00e9nez hab\u00eda intervenido en ese proceso como la defensora Particular del azule\u00f1o que hasta ayer segu\u00eda pr\u00f3fugo.<\/p>\n

No bien se conociera la condena y la orden detenci\u00f3n para su cliente, present\u00f3 ante la C\u00e1mara Penal un habeas corpus en busca de que se decretara el cese de la medida de coerci\u00f3n para su representado.<\/p>\n

Pero al d\u00eda siguiente de que G\u00f3mez resultara condenado, desde la Alzada departamental -que integran los jueces Carlos Pagliere (h), Dami\u00e1n Cini y Agust\u00edn Echevarr\u00eda- aquel recurso de la abogada fue rechazado por “improcedente”.<\/p>\n

En sinton\u00eda con lo sostenido por el magistrado que lo conden\u00f3, en la resoluci\u00f3n Dami\u00e1n Cini -el primero en votar a la \u00fanica cuesti\u00f3n planteada- escribi\u00f3: “La medida de coerci\u00f3n dispuesta respecto de Carlos Daniel G\u00f3mez no resulta arbitraria ni ilegal, pues se halla fundada y dictada por Juez competente, quien expuso los motivos -basados en criterios legales y racionales- por los cuales consider\u00f3 procedente la cautelar dispuesta”.<\/p>\n

En otro tramo de lo resuelto desde la sala con asiento en el tercer piso del Palacio de Justicia de Azul se mencion\u00f3 lo que el juez Joaqu\u00edn Duba hab\u00eda referido un d\u00eda antes para ordenar la detenci\u00f3n del encausado, quien fuera declarado en aquel debate autor de este caso de abuso sexual. “Corresponde tambi\u00e9n ordenar la inmediata detenci\u00f3n de Carlos Daniel G\u00f3mez y disponer el alojamiento del nombrado en alguna Unidad Penitenciaria del Departamento Judicial de Azul a disposici\u00f3n de este \u00d3rgano Jurisdiccional”, lo cual obedec\u00eda a que la sentencia dictada inclu\u00eda “una pena privativa de la libertad de efectivo cumplimiento (cinco a\u00f1os y tres meses de prisi\u00f3n), ha sido solicitada por la representante del Ministerio P\u00fablico Fiscal -que en ese juicio fue Laura Margaretic- y dicha medida se encuentra en proporci\u00f3n al aumento verificado de peligro cierto de frustraci\u00f3n del proceso”.<\/p>\n

Coincidiendo tambi\u00e9n con lo ordenado por el Juez del TOC 1, desde la Alzada departamental sus actuales integrantes concluyeron que, con la condena a la pena de prisi\u00f3n antes referida, la situaci\u00f3n procesal de G\u00f3mez se modificaba por completo y, en consecuencia, se traduc\u00eda “en un aumento verificado de peligro cierto de frustraci\u00f3n del proceso”. Algo que ahora queda evidenciado de la mano de su actual estado de pr\u00f3fugo, que al menos hasta anoche se manten\u00eda.<\/p>\n

El segundo juicio por el mismo hecho<\/p>\n

Sin que prosperaran ante la C\u00e1mara Penal los argumentos esgrimidos en el recurso que present\u00f3 no bien se conoci\u00f3 la condena y la detenci\u00f3n para su cliente, la abogada Fernanda Gim\u00e9nez afirmaba que la medida cautelar ordenada “carece de sustento legal y procesal, debido a que G\u00f3mez es procesado y siempre estuvo a derecho”. Y tambi\u00e9n afirmaba que no se hab\u00edan acreditado en este caso “los riesgos procesales para dar sustento a la cautelar” dispuesta por el juez del TOC 1 Joaqu\u00edn Duba.<\/p>\n

En ese habeas corpus ante la Alzada departamental que termin\u00f3 siendo rechazado, otro aspecto al que la Defensora Particular de Carlos Daniel G\u00f3mez hac\u00eda referencia indicaba que por este mismo caso su cliente ya hab\u00eda sido condenado en primera instancia el 24 de agosto de 2018; aunque aquella resoluci\u00f3n luego ser\u00eda declarada inv\u00e1lida.<\/p>\n

En ese entonces, un primer juicio por este caso de abuso sexual se desarroll\u00f3 en el mismo tribunal donde ahora se llev\u00f3 a cabo este segundo debate.<\/p>\n

Hab\u00eda sido Gustavo Borghi, hoy ya jubilado del Poder Judicial, quien en aquel entonces conden\u00f3 a G\u00f3mez a “cuatro a\u00f1os de prisi\u00f3n” como el autor de este caso de abuso sexual en perjuicio de la nena.<\/p>\n

Pero posteriormente, aquella sentencia de primera instancia fue declarada nula desde el Tribunal de Casaci\u00f3n Penal bonaerense.<\/p>\n

Seg\u00fan lo se\u00f1alado ayer por fuentes judiciales consultadas por este diario, la decisi\u00f3n de la Alzada con asiento en La Plata databa de diciembre de 2019. Y en respuesta a un recurso de apelaci\u00f3n presentado por la Defensa del encausado, ordenaba que se realizara un nuevo juicio, teniendo en cuenta que en aquel primer debate se hab\u00eda violado el llamado “principio de congruencia”, afect\u00e1ndose en consecuencia las garant\u00edas de defensa del imputado.<\/p>\n

De esa manera, se llev\u00f3 a cabo este nuevo juicio que deriv\u00f3 el mi\u00e9rcoles de la semana pasada en una nueva condena para el hombre que est\u00e1 pr\u00f3fugo. En este caso, a una pena superior a la que le fuera dictada en el primer debate: los ya mencionados cinco a\u00f1os y tres meses de prisi\u00f3n por los cuales se orden\u00f3 su detenci\u00f3n, que todav\u00eda no ha podido hacerse efectiva.<\/p>\n

EL DATO<\/p>\n

Como una atenuante de la condena impuesta al azule\u00f1o declarado autor de este caso de abuso sexual, el Juez tuvo en cuenta “la inexistencia de antecedentes penales”. Y como circunstancias agravantes a esa pena de cinco a\u00f1os y tres meses de prisi\u00f3n que le dictara, el magistrado valor\u00f3 para G\u00f3mez “la corta edad de la v\u00edctima al momento del hecho y el aprovechamiento de la confianza que ten\u00eda con la menor”. Tambi\u00e9n, “la extensi\u00f3n del da\u00f1o causado” a esa nena de la que abusara una d\u00e9cada atr\u00e1s.<\/p>\n

Lo que qued\u00f3 probado en el juicio m\u00e1s reciente<\/p>\n

“Se ha demostrado legalmente que en el per\u00edodo de tiempo comprendido entre los meses de marzo y fines de julio del a\u00f1o dos mil doce, en fecha y horario indeterminado”, se menciona en el fallo m\u00e1s reciente vinculado con este caso, Carlos Daniel G\u00f3mez cometi\u00f3 este hecho de abuso sexual en perjuicio de la menor, que en aquel entonces ten\u00eda tres a\u00f1os.<\/p>\n

Para cuando el hecho se produjo el azule\u00f1o que est\u00e1 pr\u00f3fugo trabajaba como camionero. Y en la resoluci\u00f3n se indica tambi\u00e9n que una casa ubicada en la localidad olavarriense de Loma Negra fue el lugar donde G\u00f3mez cometi\u00f3 este episodio de abuso sexual, aprovechando que en aquella \u00e9poca conviv\u00eda con la menor que resultara v\u00edctima, a quien le hab\u00eda efectuado diferentes tocamientos en las partes \u00edntimas de su cuerpo.<\/p>\n

Para dar por demostrado el il\u00edcito por el que el azule\u00f1o fue condenado la semana pasada, entre otras pruebas el juez Duba tuvo en cuenta el relato que le fuera tomado a la nena en sede judicial por medio de la C\u00e1mara Gesell.<\/p>\n

Esa versi\u00f3n, que data del 26 de mayo de 2015, fue considerada por el Juez que ahora conden\u00f3 a G\u00f3mez como “plenamente cre\u00edble”.<\/p>\n

“M\u00e1xime -escribi\u00f3 Joaqu\u00edn Duba en lo resuelto- teniendo en cuenta que, a pesar del tiempo transcurrido desde el acaecimiento de los sucesos vividos, a\u00f1o 2012, y la escasa edad que ten\u00eda al momento de declarar, cinco a\u00f1os, es decir, tres a\u00f1os despu\u00e9s, su deposici\u00f3n fue espont\u00e1nea, con clara inocencia y naturalidad al expresarse, concreta, directa, sin titubeos ni exageraciones y con un vocabulario escueto, llano, propio de su edad. Concordante, a su vez, con el mismo relato que individualmente le hiciera tanto a su progenitora como a las psic\u00f3logas en ocasi\u00f3n de dar a conocer el abuso al que fue sometida por parte de la pareja de su abuela, lo que permite apreciarla como desprovista de alg\u00fan inter\u00e9s espurio que lleve a pretender la inoculaci\u00f3n de un hecho no sucedido”.<\/p>\n

El 19 de septiembre de 2013, un d\u00eda despu\u00e9s a que la nena le contara, fue su mam\u00e1 quien decidi\u00f3 denunciar al hombre que est\u00e1 pr\u00f3fugo, inici\u00e1ndose en aquel entonces la investigaci\u00f3n penal que la semana pasada derivara en la segunda condena para el azule\u00f1o. Y ahora, a cinco a\u00f1os y tres meses de prisi\u00f3n.<\/p>\n

Cuando hab\u00eda sido citado a indagatoria, en aquella audiencia Carlos Daniel G\u00f3mez declar\u00f3, negando autor\u00eda alguna en este caso de abuso sexual.<\/p>\n

“Cuando esto pas\u00f3 yo no estaba en mi casa”, hab\u00eda dicho para deslindar su responsabilidad en lo sucedido y teniendo en cuenta que en ese entonces, por trabajar como transportista, sol\u00eda hacer muchos viajes.<\/p>\n

“La versi\u00f3n de G\u00f3mez no resulta cre\u00edble”, sostuvo el Juez tras concluir que sus dichos se contrapon\u00edan con los de la menor v\u00edctima y, por lo tanto, quedaban completamente desvirtuados “frente a la puntual y concreta descripci\u00f3n por parte de la ni\u00f1a, de tan corta edad, de lo que con \u00e9l le hab\u00eda sucedido”.<\/p>\n

Fuente: Diario El Tiempo de Azul<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

Hace seis d\u00edas un juez le impuso una pena de cinco a\u00f1os y tres meses de prisi\u00f3n. Y orden\u00f3 su inmediata detenci\u00f3n por este caso de abuso sexual, que sucedi\u00f3 en Loma Negra en 2012 y tuvo como v\u00edctima a una menor que en ese entonces ten\u00eda tres a\u00f1os.<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":58218,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"jetpack_post_was_ever_published":false,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","enabled":false}}},"categories":[134],"tags":[],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/infoolavarria.com\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/poderjudicialazul.jpg?fit=800%2C600&ssl=1","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72445"}],"collection":[{"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=72445"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72445\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":72446,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72445\/revisions\/72446"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/media\/58218"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=72445"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=72445"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/infoolavarria.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=72445"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}