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Multas de hasta 2000 pesos para propietarios de perros por mordeduras
El área de Inspección Sanitaria y Bromatología recuerda el proceder en caso de mordeduras de perros. Foto archivo.
El Juzgado de Faltas informa que en la última semana se han aplicado multas que van desde de $ 565 a $ 2.260 más $ 150 a $ 226 de costas a los propietarios de perros que mordieron a transeúntes en la vía pública, careciendo en algunos casos de la vacunación antirrábica obligatoria, y en todos los casos, circulando sin bozal.
Se destaca que el Art. 11 incs. a), c) y d) de la Ordenanza 3302/09, establece respecto de la tenencia de animales, la prohibición de dejarlos circular en la vía pública sin collar, pretal y/o bozal; resultando obligatorio contar con vacunación antirrábica, y sancionando a los propietarios de perros que mordieran en la vía pública o en domicilio particular.
La ordenanza 3302/09 prevé sanciones ante las siguientes situaciones:
- a) Por la circulación en la vía pública sin collar, pretal y/o bozal.
- b) Por circular, pasear, entrenar, etc. en lugares prohibidos
- c) Por falta de vacunación antirrábica.
- d) Por morder en la vía pública o en domicilio particular sin tomar los recaudos
correspondientes:
- e) Por comercializar cualquier tipo de animal sin el permiso o habilitación que
correspondiere y por realizarlo en la vía pública.
- f) Por maltrato, abandono, molestias a los vecinos, etc
- g) Y cualquier inobservancia a la presente Ordenanza y a la Ley 8056/73, Decreto Reglamentario 4669/73.
¿Qué hacer ante una mordedura?
Desde la Dirección de Inspección Sanitaria y Bromatología, dependiente de la Secretaría de Prevención y Atención Sanitaria recuerda los pasos a seguir en caso de sufrir mordeduras.
- Debe concurrir al Hospital Municipal o al Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) más cercano a su domicilio. Además de la inmediata atención médica, se labrará la planilla correspondiente siendo imprescindible suministrar el domicilio donde habita el animal que provocó la mordedura o en su defecto un teléfono.
- Al momento de que el área de Inspección Sanitaria y Bromatología cuenta con esta planilla se hace una observación del animal en relación a la sintomatología de rabia. Al mismo tiempo se le comunica al titular que deberá continuar con la observación durante 10 días, con el control realizado por el área municipal mencionada.
- Este informe, elaborado de manera primaria, se devuelve al centro de salud para que se tomen las medidas correspondientes con el paciente que recibió la mordedura.
- La planilla elaborada por el área de Inspección Sanitaria y Bromatología se remite al Juzgado de Faltas con los antecedentes que se cuenten para que se inicien las actuaciones correspondientes de acuerdo a la Ordenanza 3302/09




