Azul
Cinco años y diez meses de prisión para Omar Rojas
Tres hechos definidos a escala penal como “sustracción de persona con fines de menoscabar su integridad sexual -rapto-“, y que cometiera “en concurso real de acciones entre sí”, derivaron en que el ex secretario General de la Asociación Judicial Bonaerense de la Departamental Azul fuera condenado. Sus abogados apelarán el fallo. Rojas continuará en libertad mientras esta resolución no quede firme.
“Ha quedado claramente demostrado en el debate que el día 24 de julio de 2016 y días previos a esta fecha, el encartado Rojas sustrajo en tres oportunidades a la joven víctima, quien posee una capacidad intelectual restringida” y “sobre la que ejerció intimidación”, puede leerse en la resolución de lo que fuera este juicio donde el ex titular de la AJB de la Departamental Azul fue condenado hoy miércoles a cinco años y diez meses de prisión.
En ese contexto, se describe también que a esa mujer “la obligó a subir a su automóvil, con el fin de menoscabar su integridad sexual, llevándola a un descampado donde le tomó fotos desnuda; a un hotel alojamiento donde intentó que la joven se sacara la ropa y a un lugar indeterminado”, se indicó con relación a esos tres hechos.
Poco antes del mediodía de hoy el veredicto para el dirigente gremial azuleño de 62 años de edad se dio a conocer desde el Tribunal Oral en lo Criminal número 2.
En ese tribunal Omar Guillermo Rojas había comenzado a ser juzgado el pasado 2 de julio, proceso en el que intervinieron los jueces Inés Olmedo, Joaquín Duba y Martín Céspedes.
Con el voto en primer término de la jueza Olmedo, cada una de las cuestiones planteadas en el fallo fueron resueltas de manera unánime por los magistrados que integraron el TOC 2 para lo que fue este debate.
La condena en esta primera instancia para Rojas no implicará que en lo inmediato vaya a prisión, ya que el fallo aún no está firme y sus defensores particulares -los abogados Paolo Lamouré y Agustín Sala- adelantaron a EL TIEMPO que tienen previsto recurrirlo ante Casación.
En ese contexto, al ex titular del gremio de los trabajadores del Departamento Judicial Azul le fueron fijadas diferentes pautas de conducta que deberá cumplir hasta tanto este fallo adquiera rango de firmeza.
Esas obligaciones consisten en fijar un “domicilio especial” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y “presentarse el primer y tercer lunes de cada mes” en la Seccional Primera de Azul, donde deberá indicar “cuál es su domicilio real”, del que no puede ausentarse por más de 48 horas sin conocimiento ni autorización previa del tribunal donde ahora ha sido condenado.
Además, Rojas tiene la “absoluta prohibición de mantener todo tipo de contacto” con la joven víctima de estos hechos y con su grupo familiar, lo cual implica que “no podrá acercarse al domicilio donde estos se encuentren, no podrá mantener contacto telefónico o mediante redes sociales y/o equivalente con los mismos”.
Por último, el ex empleado del Poder Judicial de Azul tiene prohibido salir del país.
El encuadre de los tres hechos
A diferencia de lo sostenido desde la Acusación -representada por el fiscal Marcelo Fernández, quien había pedido que Omar Rojas fuera condenado a diez años de prisión- en la calificación de dos de los hechos que a escala penal hicieran los jueces del TOC 2 no se dio por demostrado la existencia de la figura delictiva de “abuso sexual” por parte del encausado hacia la víctima.
“La prueba producida por la Acusación no fue suficiente para determinar objetivamente que el ‘abuso sexual simple’ y el ‘abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa’ existió”, escribió en un tramo del fallo la jueza Olmedo al hacer alusión a las características que tuvieron dos de esos tres episodios por los que Rojas fue condenado.
En ambos casos, esos hechos fueron situados como sucedidos en la previa a que el 24 de julio de 2016 se produjera aquel otro por el que el ex dirigente gremial fuera denunciado. Y según lo referido por los jueces del TOC 2, fueron cometidos por Rojas “con el único fin de sustraer a la joven mediante intimidación para menoscabar su integridad sexual, obligándola a subir a su automóvil para llevarla del lugar donde se encontraba, llevándola a un sitio descampado donde le sacó fotos desnuda y llevándola a un hotel alojamiento, donde intentó desnudarla”.
“Todas estas maniobras, sacando a la joven del ámbito donde se encontraba, impidiéndole el libre ejercicio de su voluntad para quedar bajo su potestad mediante intimidación, fueron realizadas con el fin de someterla a conductas de abuso sexual” que, finalmente, no se terminaron concretando.
Con relación al episodio sucedido el domingo 24 de julio de 2016, para los jueces quedó demostrado que aquel día Rojas, en su coche, interceptó a la víctima en la calle, ocasión en la cual “la intimidó mediante amenazas de muerte, obligándola contra su voluntad a subir al automóvil con la intención de transportarla hacia otro lugar, a fin de someterla a prácticas sexuales y menoscabando así su integridad sexual, siendo detenido momentos más tarde por personal policial, ante un llamado telefónico al servicio 911, en la intersección de las calles Olavarría y la Ruta 3”.
Toda aquella situación había sido descubierta por la intervención de una vecina, quien al observar el momento en que el imputado se encontró con la víctima sobre la Avenida Piazza inmediatamente llamó a la Policía para denunciar lo sucedido, creyendo que en ese entonces era una menor de edad la que Rojas estaba subiendo a su vehículo.
La víctima de estos tres hechos es una joven que posee una discapacidad intelectual que hace que su edad madurativa sea como la de una nena.
En el fallo esa situación fue definida como “una capacidad restringida”, que se traduce en que posea “un desarrollo cognitivo similar al de una niña de 9 a 12 años de edad aproximadamente”.
Para los jueces que condenaron a Rojas, el testimonio de ella fue totalmente creíble, luego de que durante la instrucción de esta causa le fuera tomado a través de la Cámara Gesell y que después esa declaración se incorporara al debate.
“No surgió a la largo del juicio que la joven, pese a su déficit cognitivo, hubiera fabulado, inventado o mentido en su discurso, ya que siempre mencionó que fue subida al auto por el acusado en contra de su voluntad”; y que “la llevó con la finalidad de realizar prácticas sexuales, exigiéndole que se desnudara para tomarle fotos o que se sacara la ropa estando en un hotel alojamiento”, señaló la jueza Olmedo con relación a ese testimonio. Y agregó: “A lo largo de los años ha expresado lo esencial, basal y medular de los hechos que la tuvieron como víctima; y de manera sostenida en el tiempo lo ha exteriorizado de acuerdo a su evolución como persona y a sus limitaciones debido a tener restringida su capacidad”.
A modo de agravantes potenciadoras de la sanción para Rojas se tuvo en cuenta desde el tribunal “el haberse valido de la situación especial de vulnerabilidad de la joven por tener restringida su capacidad cognitiva, que era conocida por todos atento su evidente dificultad para expresarse y conducirse sola, siendo esto conocido por el imputado Rojas, reiterando los actos de sustracción con el fin de menoscabar su integridad sexual, que indican un mayor grado de audacia, desapego por el orden jurídico y muy especialmente no tener en cuenta el mayor daño ocasionado a su víctima”.
También, la circunstancia de que el condenado en esta primera instancia era “docente y empleado de la Justicia” cuando aquellos hechos sucedieron, por lo que ante esas “conductas violatorias del orden jurídico” tiene “una mejor formación y conciencia de las consecuencias de sus acciones”; aunque más allá de eso “persistió en su accionar ilícito”.
En tanto, como atenuantes se tuvieron en cuenta que no registra antecedentes penales y “el buen concepto” vertido por algunos de los testigos que pasaron por este juicio.
EL DATO
En la previa a que este miércoles se conociera el fallo, desde la Asociación Judicial Bonaerense se había dado a conocer una nota donde se mencionaba que se estaba al aguardo de una “sentencia condenatoria” para el ex titular de la AJB de la Departamental Azul, tal como finalmente sucedió en esta instancia. Meses después a que fuera denunciado, Rojas había sido expulsado del gremio que, a nivel regional, condujo durante varios años.
Fuente: Diario El Tiempo de Azul
Azul
Un azuleño fue aprehendido cuando en un taxi viajaba con más de un kilo de cocaína
El investigado por esta infracción a la Ley 23.737 permanece privado de la libertad desde las primeras horas del viernes. Efectivos de la Gendarmería Nacional realizaron el procedimiento que finalizó con el hallazgo y el posterior secuestro de un ladrillo de cocaína que el hombre tenía en su poder. En ese entonces, como pasajero en un taxi, regresaba a Azul trayendo la droga.
Identificado como Osvaldo Fernando Frías, un hombre que figura con domicilio en Azul permanece privado de la libertad, en el marco de una investigación penal por una infracción a la Ley 23.737.
De acuerdo con lo informado, su aprehensión se hizo efectiva durante un control vehicular que en las primeras horas de anteayer agentes de la Gendarmería Nacional realizaban en jurisdicción de Cañuelas, sobre la Ruta Nacional número 3.
En ese entonces Frías -apodado “Valdi” y de 47 años- regresaba a Azul en un taxi trayendo un ladrillo de cocaína que, una vez incautado, se constató que pesaba algo más de un kilo.
El procedimiento que finalizara con el arresto de ese hombre y con el secuestro de la droga se llevó a cabo este viernes que pasó cuando era alrededor de la hora 5.30.
En ese entonces el taxi, donde viajaba como pasajero en dirección a esta ciudad el azuleño que ahora permanece privado de la libertad, fue interceptado en un retén que los efectivos de Gendarmería habían montado en jurisdicción de Cañuelas, a la altura del kilómetro 76 de la Ruta Nacional número 3.
Al solicitar los agentes las documentaciones del rodado, del taxista y del pasajero, en ese momento observaron que Frías intentó ocultar “un objeto debajo de su campera”.
Ante lo que estaba pasando, los efectivos de Gendarmería -pertenecientes a la Sección de Seguridad Vial con asiento en la referida ciudad distante a poco más de 245 kilómetros de Azul- convocaron a un testigo que presenció el momento en que dicho objeto era recogido en poder del azuleño que ahora permanece privado de la libertad, resultando ser un ladrillo de cocaína que pesó “1.101 gramos”. Es decir, algo más de un kilo.
El hallazgo de la droga derivó en que tanto el pasajero del taxi como el conductor de ese rodado -que tiene 58 años de edad y también vive en Azul- resultaran aprehendidos, iniciándose de esa manera actuaciones por una infracción a la Ley 23.737.
Pero horas más tarde de este viernes que pasó el hombre que manejaba el automóvil -un Toyota Yaris- donde viajaba Frías recuperó la libertad, tras constatarse por parte de los investigadores que era completamente ajeno a la posesión del ladrillo de cocaína. Una situación que ahora, a título de probable autor y en el marco de ese sumario penal que se está tramitando, le atribuyen única y exclusivamente al varón que continúa privado de la libertad.
Cuando fue interceptado en Cañuelas, el taxi en que Frías viajaba regresaba a Azul proveniente de Villa Luzuriaga.
En ese contexto, no se descarta que en esa ciudad -ubicada en el conurbano bonaerense y perteneciente al Partido de La Matanza- el investigado por esta infracción a la ley de estupefacientes haya comprado el ladrillo de cocaína que después le terminó siendo incautado.
En su poder se recogieron también un teléfono celular y demás elementos que son considerados ahora de interés para el pulso de la pesquisa que se lleva adelante.
Transitoriamente, en carácter de aprehendido el hombre que figura con domicilio en Azul permanecía alojado en el Escuadrón de Seguridad Vial “Autopistas Sur” perteneciente a la Gendarmería Nacional Argentina, dependencia de seguridad que tiene sede en la ciudad de Ezeiza.
La causa penal que se inició por esta infracción a la Ley 23.737 quedó radicada en el Juzgado Federal Criminal y Correccional número 2 que en Lomas de Zamora está a cargo del magistrado Ernesto Kreplak.
Teniendo en cuenta las características que tuvo el procedimiento que finalizó con el arresto de Osvaldo Fernando Frías, en el transcurso de los próximos días el mencionado Juez Federal podría ordenar su procesamiento con prisión preventiva como el probable autor de un concurso de delitos definidos por las figuras penales de “transporte de estupefacientes” y de “tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización”.
El dato
Según señalaron voceros judiciales consultados, el actual valor de un ladrillo de cocaína de similares características al que fuera hallado en poder del azuleño Frías es de unos diez mil dólares.
A juicio
No es la primera vez que Osvaldo Fernando Frías aparece mencionado como imputado en una investigación por una infracción a la Ley 23.737.
Al respecto, en un Juzgado Correccional local perteneciente a la justicia ordinaria está radicada, para ser convertida en materia de un futuro juicio, otra causa penal que lo involucra.
Aquel sumario se había iniciado después de lo sucedido el 17 de enero de 2020 con ese hombre, cuando en jurisdicción de Azul una persecución policial finalizó con su aprehensión, luego de que durante la misma se descartara -desde un Peugeot 308 que conducía- de un trozo de cocaína que, una vez recogido por los efectivos de seguridad, se constató que pesaba algo más de 70 gramos.
Por ese caso Frías será sometido a un proceso de enjuiciamiento como el probable autor del delito de tenencia simple de estupefacientes.
Para cuando se produjo aquel hecho, el azuleño que ahora nuevamente está privado de la libertad era el propietario de un pub en la localidad de Cacharí.
Fuente: Diario El Tiempo de Azul
Azul
Acto de entrega del Título Doctor Honoris Causa al Prof. Fabián Salvioli
El día jueves, la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Facultad de Derecho, otorgó el título honorífico Doctor Honoris Causa al Dr. Fabián Salvioli.
El título se otorga a personalidades de vasta trayectoria y méritos relevantes, reconociendo a quienes dejan dentro de su campo de conocimiento aportes fundamentales para las generaciones actuales y futuras, y es el máximo título honorífico que otorga la Universidad.
Fabián Salvioli es abogado egresado de la Universidad Nacional de la Plata y ha alcanzado los tres niveles de formación de posgrado: es Especialista en Relaciones Internacionales, Magister en Relaciones Internacionales y Doctor en Ciencias Jurídicas. Sus estudios de posgrado, sus antecedentes académicos y su trayectoria profesional, han estado siempre vinculados al campo de los Derechos Humanos. En todos esos ámbitos se ha destacado por la conjunción de la agudeza y la profundidad en el plano de las ideas con un elevado compromiso con la defensa y la promoción de los Derechos Humanos.
Con la Facultad de Derecho de la UNICEN lo une una larga vinculación académica, que se ha traducido en varias visitas a nuestra Casa de Altos Estudios, para dictar clases de posgrado, para mantener reuniones de trabajo con investigadores e investigadoras y docentes, o para dictar conferencias en eventos científicos o académicos.
Es por ello que, el Consejo Superior la Universidad, a propuesta de la Facultad de Derecho, aprobó su designación como Doctor Honoris Causa.
El acto estuvo presidido por la Vicerrectora de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, Prof. Alicia Spinello, acompañada en el estrado por la Decana de la Facultad de Derecho, Prof. Laura María Giosa, y por quien recibió la máxima distinción, el Profesor Fabián Salvioli.
Estuvieron presentes, además la Secretaria Académica de Rectorado, Mg. Natalia Giamberardino, el Secretario de Bienestar Estudiantil, Dr. Fernando Piñero, autoridades de la Facultad de Derecho, autoridades municipales, investigadores, investigadoras, docentes, estudiantes, graduados, graduadas e integrantes de la APDH local, y de la comunidad en general.
La sentida Laudatio para la investidura de Doctor Honoris Causa al profesor Fabián Salvioli fue pronunciada por la Decana de la Facultad, generando gran emoción entre quienes se encontraban presentes.
Se entregó por parte de la Vicerrectora y la Decana el diploma del título otorgado, copia de la resolución del Consejo Superior de la Universidad y medalla honorífica.
Finalmente, y con gran atención por parte del público, se escuchó la conferencia magistral del flamante Dr. Honoris Causa al Prof. Fabián Salvioli, titulada “El rol de las personas expertas independientes en materia de derechos humanos en órganos internacionales de monitoreo”, dando así por finalizado el emotivo acto.