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“Hay que replantearse por qué las jubilaciones de privilegio son tan altas en comparación al resto”
El proyecto de ley para suprimir las jubilaciones de privilegio en el Poder Judicial y el servicio diplomático obtuvo media sanción. Una jubilación de un juez promedia los 300 mil pesos mensuales. El presidente del Colegio de Abogados de Azul, Gastón Argeri, analizó este cambio de paradigma que atraviesa la coyuntura política actual.
El debate mediático y legislativo por la modificación del régimen de jubilaciones de privilegio que gozan los magistrados y diplomáticos, copó la agenda durante la última semana con encendidas voces a favor y en contra del proyecto presentado por el Ejecutivo nacional.
Finalmente, el día jueves la Cámara de Diputados aprobó, con 128 votos a favor y dos abstenciones, el proyecto de ley que reforma este régimen,en una sesión especial que se realizó con la ausencia del interbloque de Juntos por el Cambio. Ahora, el proyecto deberá ser analizado y discutido en el Senado.
Para clarificar el panorama en ciernes, el doctor Gastón Argeri, presidente del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul, desglosó los principales puntos de la reforma y ofreciera su punto de vista sobre un tema que genera fuertes controversias en la arena política y social.
–¿En qué consiste el proyecto de ley? ¿Qué modificaciones se introdujeron al Régimen actual y al proyecto inicial planteado por el Ejecutivo?
-El proyecto de ley modifica una norma que regula el régimen previsional de magistrados y funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación, jueces y funcionarios de competencia federal, como así también de la ley que estipula el régimen especial de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación. Asimismo, deroga el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 109 de fecha 12 de enero de 1976, que designaba a la Dirección Administrativa y Contable Del Poder Judicial de la Nación como organismo encargado de intervenir en la liquidación y pago de jubilaciones y pensiones.
Algunas de las modificaciones son, por ejemplo, que suben la edad jubilatoria masculina a los 65 años, en forma escalonada a partir de 2020, para llegar a dicha edad en 2025, mientras que las de la mujeres continúa siendo de 60 años. Disminuye de 30 años de aportes computables a 20 años (treinta años de servicio con 20 años de aportes computables) disminuye la cantidad de años de servicio continuado o discontinuo en el poder judicial, siendo que la ley originalmente estipula 15 continuados, 20 discontinuos y lo baja a 10 y 15 respectivamente.
Asimismo, mientras el régimen anterior estipulaba como requisito haberse desempeñado en el cargo como mínimo durante los últimos 10 años, este establece que los funcionarios deben cesar ejerciendo el cargo.
En su redacción original establece que el haber de la jubilación ordinaria será equivalente al 82 por ciento), de la remuneración total sujeta al pago de aportes, percibidas al momento de la cesación definitiva en el servicio. Las modificaciones estipulan el 82 por ciento del promedio de las últimas ciento veinte remuneraciones actualizadas, sujetas a aportes y contribuciones, percibidas durante el período inmediato al cese.
Los magistrados y funcionarios comprendidos en el artículo 8° que no acreditaran la totalidad de los servicios exigidos en el inc. a) del art. 9 tienen derecho a que se reconozca el período en el que se desempeñaron como tales, a partir de una diferencias en el haber previsional, calculada en el esquema ‘prorrata tempore’.
A su vez, la norma actual establece que en caso de invalidez, no es necesario el cumplimiento de todos los requisitos. El proyecto incorpora un segundo párrafo al artículo respectivo, que en esos casos se aplicarán las mismas pautas que el articulo 10, aclarando que si el período de servicio fuere menor a ciento veinte meses se promediarán las remuneraciones actualizadas percibidas durante dicho lapso.”
En el caso de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación su redacción actual establece que el haber de la jubilación ordinaria será equivalente al 85% de la remuneración total asignada a la categoría de mayor jerarquía desempeñada en el Servicio Exterior de la Nación durante un período mínimo de cuatro años continuos o discontinuos. En la modificación se intenta regular 82% del promedio de las últimas ciento veinte remuneraciones actualizadas, sujetas a aportes y contribuciones, percibidas durante el período inmediato al cese.
–¿Por qué desató fuertes cruces la incorporación de la cláusula transitoria que especifica que los jueces que ya están ahora en edad de jubilarse mantendrán la posibilidad de hacerlo más adelante pero con el régimen de privilegio actual?
-El debate de aquellos magistrados y funcionarios que se encuentran en condiciones de jubilarse hoy en día, podría llevar a que soliciten su jubilación en estos días, previo a la entrada en vigencia de una nueva ley que regule su sistema previsional, modificando el actual régimen,
Esto podría llevar a que de forma masiva se inicien tramites de jubilación, dejando vacantes muchos cargos en el sistema federal de nuestro país.
Para evitar dicha deserción masiva, se establecerá un plazo determinado en la modificación legislativa, para que aquellos magistrados y funcionarios que se encuentren en edad de requerir su jubilación lo puedan hacer aunque entre en vigencia un nuevo régimen de jubilaciones.
–Algunas críticas se han centrado en que en un país donde la mitad de los niños son pobres y la jubilación mínima es de 14 mil pesos, es “inmoral” que se pugne tanto por mantener sueldos tan onerosos sólo para unos pocos privilegiados. ¿Era necesario atravesar algún tipo de cambio en esa dirección?
-La realidad, es que los sueldos y haberes en el sistema federal son muy altos, a diferencia de los que existen en las provincias; por esos motivos los magistrados y funcionarios de competencia provincial han reclamado y lo hacen hoy en día que se lleven los sueldos y haberes al mismo nivel que en el sistema federal.
Ahora bien, es real que los haberes que se conocen son altos para lo que se ve en comparación del resto de la ciudadanía, debiendo replantearese por qué pasa lo que pasa.
Las labores y funciones que cumplen los magistrados y funcionarios son de suma importancia, como integrantes de uno de los poderes del Estado, pero eso lleva de la mano, y muy necesario, un mayor control sobre sus tareas, cumplimiento de horarios laborales, entre tantas otras cosas, que a veces no se supervisan.
–¿Necesita el Poder Judicial también una revisión en torno a las designaciones y su funcionamiento?
-Tanto el Consejo de la Magistratura Federal como el de la Provincia de Buenos Aires, han contado con reformas vertebrales para un mejor desarrollo y funcionamiento.
Es cierto que debe exigirse mucho más a los candidatos, a los cargos de magistrados y funcionarios, al momento de la selección, ya que ellos brindaran el servicio de justicia, y los Consejos de la Magistratura tienen responsabilidad en ello, al momento de la selección.
Mirar hacia adentro, y rever las formas de seleccionar a magistrados y funcionarios, debe ser constante y permanente, a fin de aggiornarse al momento de la elección de los mismos.
En una sociedad donde se reclama que el Poder Judicial sea eficiente y de respuestas en tiempo y forma, debemos estar todos compremetidos al momento de elegir a tales funcionarios. Régimen deficitario
De acuerdo a los datos del Ministerio de Trabajo, los aportantes al régimen especial de los jueces son 17.622 y su sueldo promedio es de 271.742 pesos, mientras que el aporte promedio es de 32.609 pesos. Los jubilados que cobran de esa caja especial son 6983 casos. Esto se reparte entre 5308 jubilaciones y 1675 pensiones, con un haber promedio de 272.099 pesos.
Los números dados a conocer por el Gobierno señalan que el déficit de la caja especial de jubilaciones de los jueces en diciembre de 2019 fue de 8.296 millones de pesos, un 13,3 por ciento que surge al comparar los aportes y las prestaciones que se pagan en la actualidad. Mientras que para los magistrados nacionales y federales, el déficit es del 24,2 por ciento. Las cifras revelan que el aporte adicional promedio de jueces a diciembre de 2019 fue de 15.729 pesos, y que el beneficio adicional en exceso del haber máximo del régimen general fue de 169.525 pesos en promedio.
FUENTE: Diario El Eco de Tandil
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Continua la inscripción para ingreso anticipado para la carrera de abogacía en Facultad de Derecho de Azul
La Facultad de Derecho UNICEN, con sede en la ciudad de Azul, tiene abierta la inscripción para el curso de ingreso extendido/anticipado para la carrera de Abogacía.
La inscripción al curso introductorio anticipado se realiza del 8 de julio al 23 de agosto, desarrollándose con modalidad semi-presencial (con actividades presenciales y actividades virtuales asincrónicas) y comenzará el 31 de agosto.
Los días de cursada presencial serán: 31 de agosto, 14 y 28 de septiembre, 5, 19 y 26 de octubre y 9 de noviembre de 9.30 a 16 horas en Campus Universitario de Azul.
Para ingresar a nuestras carreras debes pre-inscribirte completando un formulario ingresando en la web https://www.der.unicen.edu.ar/ingresantes/inscripcion/
Para la inscripción:
Deberás registrarte. Conserva el usuario y contraseña que generes, lo vas a necesitar para formalizar tu inscripción.
En tu proceso de pre-inscripción se te va a solicitar la siguiente documentación en formato digital en (PDF o JPG).
· DNI
· Certificado de nacimiento
· Título secundario o certificado de título en trámite. Si se encuentra en último año del secundario podrá entregar certificado de alumno/a regular, debiendo entregar con posterioridad el certificado de título en trámite.
· Foto tipo carnet
La documentación se remite en este primer paso únicamente de manera virtual, debiendo informar el envío de formulario al mail futuros.estudiantes@der.unicen.edu.ar. Acreditado el ingreso, se requerirá la entrega de la misma en soporte papel (la copia del título analítico secundario deberá encontrarse autenticada).
Para mayor información sobre nuestras carreras podrás comunicarte con el correo de promocion@der.unicen.edu.ar
Por consultas y confirmación de inscripción contactarte al mail de futuros.estudiantes@der.unicen.edu.ar o por WhatsApp al 2281 65-7201
La Universidad es pública y el acceso a la carrera es gratuito.
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El consumo de productos lácteos cayó un 17,3% en el primer semestre del año
La retracción del consumo desde que asumió Milei se dio en todos los rubros, desde leches, yogures, quesos y postres.
La devaluación de diciembre del año pasado tras la asunción de Javier Milei y el fuerte salto inflacionario, hicieron que el consumo de productos lácteos tuviera una fuerte caída. Según el Panel de industrias lácteas, en el primer semestre del año se vendieron un 17,3% menos en volumen de productos en comparación con el mismo período del año anterior, y un -14,4% si se contabiliza en litros de leche equivalente.
De acuerdo a datos oficiales del Observatorio de la Cadena Láctea Argentina (OCLA), se observa una caída muy importante en todos los rubros, en el que quesos lleva la menor reducción en litros equivalentes.
Los productos de mayor valor agregado y unitario como quesos de pasta muy blanda, quesos rallados, leches saborizadas, yogures, flanes y postres presentaron una gran caída asociada a las subas de precios y al retraso en el poder adquisitivo del sector medio de la población que demanda en mayor cuantía estos productos.
Mientras que las leches no refrigeradas registraron una baja en el volumen del 18,5% en el período enero-junio, las refrigeradas cayeron 12,2% mientras que la leche en polvo entera y semidescremada se derrumbaron un 38%.
Cabe recordar que días atrás Miguel Taverna, director del observatorio de la Cadena láctea argentina, destacó que al final del año pasado cayó fuertemente la producción y el consumo. “Esto se agudizó en los primeros meses de este año, con una baja histórica, por la caída del poder adquisitivo de la gente”, destacó.
Mientras que la OCLA informó: “Escenarios como el actual donde hay un fuerte deterioro de los ingresos reales de la población, hacen que proliferen las ventas informales, que obviamente ninguna estadística puede registrar, y además han crecido fuertemente productos que por precio sustituyen el consumo de lácteos, como rallados, bebidas con lácteos, margarinas y otros similares”.
Fuerte derrumbe en varios productos
En el caso de las leches saborizadas o chocolatadas, que presentaron una muy alta tasa de crecimiento en 2022, el año pasado se mantuvo en los mismos niveles pero en este primer semestre de 2024 se desploman un 45,4%, casi a niveles de pandemia. Situación parecida presenta la venta de yogures, postres y flanes, que registraron el peor seme4stre de la última década.
Para los quesos, el principal rubro de destino de elaboración y comercialización de productos, se da una situación de caída más atenuada donde se prioriza por precio, al peso (fraccionados) y con prevalencia de productos más commodities (cremoso, barra y duros “frescos”) que especialidades.
Según analizaron desde el Observatorio, “es contundente que las ventas y por ende el consumo, presentan en los últimos años una tendencia a la baja en general y una primarización del mismo (productos más básicos: leches fluidas no refrigeradas, quesos al peso de segundas y terceras marcas y yogures bebibles de litro) en detrimento de aquellos productos de mayor valor agregado y por ende económico”.
Esta situación, agregaron, se da por un fuerte deterioro de los niveles de ingresos reales, fundamentalmente de los segmentos medios de la pirámide de ingresos, lo cual, al margen de reducir el volumen de consumo, afecta el valor del mix de ventas haciendo que se facture un menor valor en las ventas internas. (DIB)