Azul
Confirmaron el procesamiento por abuso sexual simple de un sargento primero del Regimiento de Tanques de Azul
El militar fue denunciado por tres mujeres que estaban entre sus subordinadas al momento de los hechos. Lo acusaron por acercamientos y tocamientos sin consentimiento. La Cámara Federal de Apelaciones puso en valor el testimonio de las víctimas, de acuerdo a la normativa y a la jurisprudencia vigentes.
La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata -con la firma de los jueces Alejandro Tazza y Bernardo Bibel- confirmó el 1° de septiembre pasado el procesamiento de un sargento primero del Ejército Argentino acusado por abuso sexual simple por hechos cometidos contra tres soldadas voluntarias en instalaciones del Regimiento de Caballería de Tanques 10 de Azul.
La causa se inició en diciembre de 2022 en el fuero penal provincial -hasta la declinación de competencia en el fuero federal- a partir de la denuncia realizada por una soldada voluntaria en la Comisaría de la Mujer de la ciudad de Azul. En la exposición, la mujer relató que su superior jerárquico la hostigaba y le proponía de manera constante un acercamiento de índole sexual que ella rechazaba. Precisó que, en ese marco, le proponía que se traten con confianza y con distintos tipos de acercamientos. Añadió que, en alguna ocasión, el sujeto le hizo masajes en sus hombros sin que ella lo pidiera: “Relajate, boluda, estás re tensa”, le decía, según quedó asentado en la denuncia. De esa manera, explicó la víctima, el sujeto tomaba nota de la incomodidad que le generaba esa actitud y la reiteración de comentarios de índole sexual.
Según declaró la víctima, su negativa despertó el enojo y las amenazas de su superior, quien comenzó a extender su hostigamiento también a través de mensajes de WhatsApp. El testimonio abrió la posibilidad de que otras dos soldadas también hicieran denuncias.
La investigación estuvo en manos del Ministerio Público Fiscal en Azul, desde donde se solicitaron medidas de investigación y, en ese marco, las otras dos mujeres también instaron la acción penal. Al momento de ser citado a declarar, el acusado se negó haciendo uso de su derecho.
Tras la evaluación del material probatorio, el juez federal Santiago Inchausti dictó el procesamiento del acusado. Esto llevó a la presentación de un recurso de apelación por parte de la defensa ante la Cámara Federal de Mar del Plata.
Al analizar los testimonios de las víctimas, los camaristas sostuvieron que “las alegaciones desarrolladas resultan claras, coherentes y verosímiles, a más que nos permiten conjeturar, con el grado de provisoriedad propio de esta instancia, el modo disvalioso en el que el encartado se dirigía o actuaba con aquellas”.
En esta instancia de revisión, conforme al dictamen de la Fiscalía General a cargo de Daniel Adler con la intervención del auxiliar fiscal Carlos Martínez, el MPF pidió la confirmación de la situación procesal: “El testimonio de las damnificadas, de las profesionales que las asistieron en la Comisaría de la Mujer, acompañados del relato de otros compañeros del regimiento y las capturas de pantalla de mensajes ya borrados por el imputado, dan cuenta de cómo (el acusado) aprovechó el contexto laboral y de superioridad jerárquica y antigüedad dentro de la institución militar para insistir sobre las víctimas, mientras que ellas, pese a su intento por negarse, resultaban coaccionadas por el imputado, quien recurría a frases en las que las amenazaba con perder sus puestos laborales para continuar acosándolas y, en ocasiones, abusando a partir de tocamientos no consentidos”.
Al momento de resolver, la Cámara Federal entendió que debía confirmarse la decisión del juez instructor, aunque introdujo algunas salvedades vinculadas a la calificación legal de los hechos.
Por un lado, en línea con lo resuelto en primera instancia, puso el eje en el testimonio de las víctimas, quienes coincidieron en cuanto a los sucesos denunciados y los modos que tenía el acusado al desempeñarse con personal femenino a su cargo. Y en este sentido, el tribunal revisor entendió que las declaraciones que constan en el expediente de otros dos soldados de la repartición robustecieron esa acusación. A ello sumaron el dato de que el sujeto cuenta con una sanción disciplinaria por una falta grave -vinculada también al trato con subordinados- impuesta por el Estado Mayor del Ejército Argentino.
La Cámara valoró también la resolución de primera instancia respecto a diversas circunstancias que hacen presumir el grado de vulnerabilidad en el que se encontrarían las damnificadas: su condición de mujeres jóvenes recientemente ingresadas al Ejército, el carácter subalterno frente al agresor, el ámbito de ocurrencia del hecho y la circunstancia verificada respecto a que dos de ellas no tendrían vínculos familiares en la zona.
El tribunal sostuvo que que el testimonio de las víctimas es un elemento probatorio central, de acuerdo con la normativa y la jurisprudencia nacional e internacional vigente en el país. Citó al respecto a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y remarcó que “dada la naturaleza de esta forma de violencia, no se puede esperar la existencia de pruebas gráficas o documentales y, por ello, la declaración de la víctima constituye una prueba fundamental sobre el hecho”.
La Cámara evaluó las declaraciones de las víctimas: “Se advierte que las alegaciones desarrolladas resultan claras, coherentes y verosímiles, a más que nos permiten conjeturar, con el grado de provisoriedad propio de esta instancia, el modo disvalioso en el que el encartado se dirigía o actuaba con aquellas, valiéndose principalmente del cargo mayor que ostentaba y su experiencia, ejerciendo su superioridad a los fines de lograr satisfacer sus ánimos libidinosos con los tocamientos y contactos por él propiciados”.
Respecto a la calificación legal, el tribunal entendió que, en atención a la mecánica en la que el abuso sexual simple habría sido llevado a cabo, esa figura subsume por su especialidad a la coacción, normada en el artículo 149 bis del Código Penal, y que el juez de primera instancia había incluido en la calificación. FUENTE: https://www.fiscales.gob.ar/
Azul
Un azuleño fue aprehendido cuando en un taxi viajaba con más de un kilo de cocaína
El investigado por esta infracción a la Ley 23.737 permanece privado de la libertad desde las primeras horas del viernes. Efectivos de la Gendarmería Nacional realizaron el procedimiento que finalizó con el hallazgo y el posterior secuestro de un ladrillo de cocaína que el hombre tenía en su poder. En ese entonces, como pasajero en un taxi, regresaba a Azul trayendo la droga.
Identificado como Osvaldo Fernando Frías, un hombre que figura con domicilio en Azul permanece privado de la libertad, en el marco de una investigación penal por una infracción a la Ley 23.737.
De acuerdo con lo informado, su aprehensión se hizo efectiva durante un control vehicular que en las primeras horas de anteayer agentes de la Gendarmería Nacional realizaban en jurisdicción de Cañuelas, sobre la Ruta Nacional número 3.
En ese entonces Frías -apodado “Valdi” y de 47 años- regresaba a Azul en un taxi trayendo un ladrillo de cocaína que, una vez incautado, se constató que pesaba algo más de un kilo.
El procedimiento que finalizara con el arresto de ese hombre y con el secuestro de la droga se llevó a cabo este viernes que pasó cuando era alrededor de la hora 5.30.
En ese entonces el taxi, donde viajaba como pasajero en dirección a esta ciudad el azuleño que ahora permanece privado de la libertad, fue interceptado en un retén que los efectivos de Gendarmería habían montado en jurisdicción de Cañuelas, a la altura del kilómetro 76 de la Ruta Nacional número 3.
Al solicitar los agentes las documentaciones del rodado, del taxista y del pasajero, en ese momento observaron que Frías intentó ocultar “un objeto debajo de su campera”.
Ante lo que estaba pasando, los efectivos de Gendarmería -pertenecientes a la Sección de Seguridad Vial con asiento en la referida ciudad distante a poco más de 245 kilómetros de Azul- convocaron a un testigo que presenció el momento en que dicho objeto era recogido en poder del azuleño que ahora permanece privado de la libertad, resultando ser un ladrillo de cocaína que pesó “1.101 gramos”. Es decir, algo más de un kilo.
El hallazgo de la droga derivó en que tanto el pasajero del taxi como el conductor de ese rodado -que tiene 58 años de edad y también vive en Azul- resultaran aprehendidos, iniciándose de esa manera actuaciones por una infracción a la Ley 23.737.
Pero horas más tarde de este viernes que pasó el hombre que manejaba el automóvil -un Toyota Yaris- donde viajaba Frías recuperó la libertad, tras constatarse por parte de los investigadores que era completamente ajeno a la posesión del ladrillo de cocaína. Una situación que ahora, a título de probable autor y en el marco de ese sumario penal que se está tramitando, le atribuyen única y exclusivamente al varón que continúa privado de la libertad.
Cuando fue interceptado en Cañuelas, el taxi en que Frías viajaba regresaba a Azul proveniente de Villa Luzuriaga.
En ese contexto, no se descarta que en esa ciudad -ubicada en el conurbano bonaerense y perteneciente al Partido de La Matanza- el investigado por esta infracción a la ley de estupefacientes haya comprado el ladrillo de cocaína que después le terminó siendo incautado.
En su poder se recogieron también un teléfono celular y demás elementos que son considerados ahora de interés para el pulso de la pesquisa que se lleva adelante.
Transitoriamente, en carácter de aprehendido el hombre que figura con domicilio en Azul permanecía alojado en el Escuadrón de Seguridad Vial “Autopistas Sur” perteneciente a la Gendarmería Nacional Argentina, dependencia de seguridad que tiene sede en la ciudad de Ezeiza.
La causa penal que se inició por esta infracción a la Ley 23.737 quedó radicada en el Juzgado Federal Criminal y Correccional número 2 que en Lomas de Zamora está a cargo del magistrado Ernesto Kreplak.
Teniendo en cuenta las características que tuvo el procedimiento que finalizó con el arresto de Osvaldo Fernando Frías, en el transcurso de los próximos días el mencionado Juez Federal podría ordenar su procesamiento con prisión preventiva como el probable autor de un concurso de delitos definidos por las figuras penales de “transporte de estupefacientes” y de “tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización”.
El dato
Según señalaron voceros judiciales consultados, el actual valor de un ladrillo de cocaína de similares características al que fuera hallado en poder del azuleño Frías es de unos diez mil dólares.
A juicio
No es la primera vez que Osvaldo Fernando Frías aparece mencionado como imputado en una investigación por una infracción a la Ley 23.737.
Al respecto, en un Juzgado Correccional local perteneciente a la justicia ordinaria está radicada, para ser convertida en materia de un futuro juicio, otra causa penal que lo involucra.
Aquel sumario se había iniciado después de lo sucedido el 17 de enero de 2020 con ese hombre, cuando en jurisdicción de Azul una persecución policial finalizó con su aprehensión, luego de que durante la misma se descartara -desde un Peugeot 308 que conducía- de un trozo de cocaína que, una vez recogido por los efectivos de seguridad, se constató que pesaba algo más de 70 gramos.
Por ese caso Frías será sometido a un proceso de enjuiciamiento como el probable autor del delito de tenencia simple de estupefacientes.
Para cuando se produjo aquel hecho, el azuleño que ahora nuevamente está privado de la libertad era el propietario de un pub en la localidad de Cacharí.
Fuente: Diario El Tiempo de Azul
Azul
Acto de entrega del Título Doctor Honoris Causa al Prof. Fabián Salvioli
El día jueves, la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Facultad de Derecho, otorgó el título honorífico Doctor Honoris Causa al Dr. Fabián Salvioli.
El título se otorga a personalidades de vasta trayectoria y méritos relevantes, reconociendo a quienes dejan dentro de su campo de conocimiento aportes fundamentales para las generaciones actuales y futuras, y es el máximo título honorífico que otorga la Universidad.
Fabián Salvioli es abogado egresado de la Universidad Nacional de la Plata y ha alcanzado los tres niveles de formación de posgrado: es Especialista en Relaciones Internacionales, Magister en Relaciones Internacionales y Doctor en Ciencias Jurídicas. Sus estudios de posgrado, sus antecedentes académicos y su trayectoria profesional, han estado siempre vinculados al campo de los Derechos Humanos. En todos esos ámbitos se ha destacado por la conjunción de la agudeza y la profundidad en el plano de las ideas con un elevado compromiso con la defensa y la promoción de los Derechos Humanos.
Con la Facultad de Derecho de la UNICEN lo une una larga vinculación académica, que se ha traducido en varias visitas a nuestra Casa de Altos Estudios, para dictar clases de posgrado, para mantener reuniones de trabajo con investigadores e investigadoras y docentes, o para dictar conferencias en eventos científicos o académicos.
Es por ello que, el Consejo Superior la Universidad, a propuesta de la Facultad de Derecho, aprobó su designación como Doctor Honoris Causa.
El acto estuvo presidido por la Vicerrectora de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, Prof. Alicia Spinello, acompañada en el estrado por la Decana de la Facultad de Derecho, Prof. Laura María Giosa, y por quien recibió la máxima distinción, el Profesor Fabián Salvioli.
Estuvieron presentes, además la Secretaria Académica de Rectorado, Mg. Natalia Giamberardino, el Secretario de Bienestar Estudiantil, Dr. Fernando Piñero, autoridades de la Facultad de Derecho, autoridades municipales, investigadores, investigadoras, docentes, estudiantes, graduados, graduadas e integrantes de la APDH local, y de la comunidad en general.
La sentida Laudatio para la investidura de Doctor Honoris Causa al profesor Fabián Salvioli fue pronunciada por la Decana de la Facultad, generando gran emoción entre quienes se encontraban presentes.
Se entregó por parte de la Vicerrectora y la Decana el diploma del título otorgado, copia de la resolución del Consejo Superior de la Universidad y medalla honorífica.
Finalmente, y con gran atención por parte del público, se escuchó la conferencia magistral del flamante Dr. Honoris Causa al Prof. Fabián Salvioli, titulada “El rol de las personas expertas independientes en materia de derechos humanos en órganos internacionales de monitoreo”, dando así por finalizado el emotivo acto.