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Concejales del Frente Renovador y Foro Olavarría buscan evitar que jubilados hagan cola en Bancos

El Concejal del Bloque Foro Olavarría, Eduardo Rodríguez, y los Concejales del Frente Renovador, Emilio Vitale y Marcelo Latorre, presentaron el viernes un proyecto de Ordenanza que busca dar respuesta a los reclamos principalmente de los adultos mayores en la atención y espera prolongada en entidades bancarias y comercios.

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El proyecto toma como base una normativa aprobada en la ciudad de Mar del Plata, impulsada por el Concejal Ariel “Cholo” Ciano del Frente Renovador.
La Ordenanza se aplicaría a las entidades bancarias, financieras y comerciales, incluyendo a aquellas que prestan servicio de cobranza de impuesto o pagos de haberes a jubilados y/o pensionados, la que se registre una gran concurrencia y se lleve adelante una atención personalizada.
En esos casos, los usuarios que deban permanecer de pie realizando una fila para ser atendidos, el tiempo de espera no podrá ser mayor a 45 minutos. De la misma manera, en aquellos casos que la entidad provee de asientos suficientes, instalaciones sanitarias de libre acceso ( con excepción de entidades bancarias y financieras por motivos de seguridad) y el orden de atención sea según talón numerado, el tiempo de espera no podrá superar los 60 minutos.
En todos los establecimientos en que se aplique la presente, deberá exhibir un cartel informando sobre el derecho tutelado, el cual tendrá la siguiente redacción: “Señor Usuario , Ud. Tienen derecho a ser atendido en un periodo máximo de 45 minutos , si la espera se realiza de pie. En caso en que entidad cuente con asientos suficientes para la espera, la misma no podrá superar los 60 minutos. Caso contrario la entidad será pasible de sanciones “.
Todos los sujetos comprendidos en esta norma tienen la obligación de contar con un libro de quejas o reclamos.

Los Concejales autores de la iniciativa señalaron que “el proyecto intenta evitar las largas colas de espera en la atención, muchas veces en condiciones de desprotección frente a condiciones climáticas, y que ocasionan en muchos casos hasta problemas de salud”.

“Tomamos el modelo de Ordenanza de Mar del Plata, presentado por un Concejal del Frente Renovador, que ya fue sancionada y que entrará en vigencia este año” señalaron los Concejales.

El proyecto de Ordenanza
ARTICULO 1: La presente Ordenanza se aplica a las entidades bancarias, financieras y comerciales, incluyendo a aquellas que prestan servicio de cobranza de impuesto o pagos de haberes a jubilados y/o pensionados, la que se registre una gran concurrencia y se lleve adelante una atención personalizada.

ARTICULO 2: Fijarse las siguientes pautas de atención a usuarios/consumidores:
a) En todos aquellos casos en que los usuarios deban permanecer de pie realizando una fila para ser atendidos, el tiempo de espera no podrá ser mayor a 45 minutos
b) En aquellos casos que la entidad provee de asientos suficientes, instalaciones sanitarias de libre acceso ( con excepción de entidades bancarias y financieras por motivos de seguridad) y el orden de atención sea según talón numerado, el tiempo de espera no podrá superar los 60 minutos

ARTICULO 3: En todos los establecimientos en que se aplique la presente, deberá exhibir un cartel informando sobre el derecho tutelado, el cual tendrá la siguiente redacción: “Señor Usuario , Ud. Tienen derecho a ser atendido en un periodo máximo de 45 minutos , si la espera se realiza de pie. En caso en que entidad cuente con asientos suficientes para la espera, la misma no podrá superar los 60 minutos. Caso contrario la entidad será pasible de sanciones “ .
La falta de exposición de la carcelería en un lugar visible para el público traerá aparejada las sanciones previstas en la Ley 24.240 y el procedimiento de la Ley 13.133.

ARTICULO 4: Todos los sujetos comprendidos en esta norma tienen la obligación de contar con un libro de quejas o reclamos. El libro de quejas debe estar foliado, sellado por la autoridad de aplicación que designe la reglamentación. Las manifestaciones deben realizarse por triplicado. El folio original queda en el libro, una copia se entrega al reclamante y otra se remite a la autoridad competente.

ARTICULO 5: En los supuestos de negativa a entregar el libro de quejas o de faltas de disponibilidad de este, se considerará infracción a la presente ordenanza. En estos casos, los consumidores o usuarios pueden dejar un reclamo o queja por escrito, fuera del formato oficial, y los sujetos alcanzados por esta norma se encuentran obligados a recibirlos debiendo expedirles una copia sellada por un responsable o autoridad jerárquica. Dicha constancia resulta suficiente a los efectos de que el consumidor denuncie ante la autoridad competente la negativa o la carencia del libro de quejas.

ARTICULO 6: Créase una mesa de trabajo integrada por representantes de la Dirección de Defensa del Consumidor y relaciones vecinales, la defensoría del pueblo de Olavarría, un miembro de cada bloque político del Honorable Concejo Deliberante, integrantes de alguna ONG vinculadas a la protección de los derechos de Usuarios y Consumidores, así como un referente de la Asociación Bancaria y del Sindicato de Empleados de Comercio, para la implementación , el monitoreo y la elaboración de datos y estadísticas para su posterior publicación en el sitio web del municipio.

ARTICULO 7: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que en el plazo de 90 días reglamente la presente estableciendo el procedimiento de control y las sanciones aplicables.

ARTICULO 8: De forma

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Citan a declarar a los amigos de los jóvenes fallecidos en 2018 en Parque Sur

A dos años de la muerte de Alan Falatovich y Katherine Rodríguez, la Fiscal Beytía tomará declaración a los dos amigos por el delito de omisión de auxilio.

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El 4 de marzo venidero deberán presentarse ante la Fiscal Doctora Viviana Beytía, Alejo Eseberri y Loana Cabrera para sostener la temática compleja de lo acaecido aquel 2 de enero de 2018 en la intersección de Avenida Avellaneda y el puente, en pleno Parque Sur, donde se ahogaron dentro de un vehículo que cayó al Tapalqué Alan Falatovich y Katherine Rodríguez, ambos de 20 años de edad. 

Se percibe una vuelta de tuerca en esta causa, que de acuerdo a lo investigado hasta aquí, le permite conjeturar a la señora Fiscal que entiende en este luctuoso acontecer, que, al menos, hubo “omisión de auxilio”, por parte de los sobrevivientes de este episodio triste y doloroso. Según el artículo 108 del Código Penal, reiteramos, la letrada los ha imputado por considerarlos “coautores penalmente responsables del delito de omisión de auxilio”.

Recordemos brevemente que todo este calvario inició su curso en la tarde noche soleada de aquel segundo día de enero, cuando Alejo en una VW Suran, propiedad de su padre, fue a buscar a Alan a su casa, la 1.006 del barrio CECO y de allí se dirigieron a un pub céntrico. 

En ese local se encuentran con dos chicas: Loana Cabrera y Victoria Katherine Rodríguez que se movilizaban en un Ford Fiesta. Luego de un rato, se van hacia Parque Sur y allí se produce un hecho significativo: el auto del papá de Alejo se despeña y cae a las aguas con Victoria Katherine y Alan dentro. 

Esto habría ocurrido cerca de las 4:30 de la madrugada de ese dos de enero. Y tal cosa sería producto de una maniobra intempestiva llevada a cabo sin querer por el muchacho, dado que habían ingresado a este auto a tratar de solucionar un problema en el equipo de sonido. Para colmo, Alan no sabía manejar, aunque sí “era un excelente nadador”, asevera Diana, hermana del joven muerto. 

“A Alan recién me lo entregaron muy tarde, muchas horas después”, refiere una vez más a este diario,  Diana Falatovich. “Tenía golpes y moretones en diversas partes de su anatomía que no condecían con la caída”, sostiene firme como desde aquella primera oportunidad en que Diana habló para este medio. 

“La autopsia no reveló cosas que yo ví”, continúa, y añade “nada nos cuadraba en esos instantes tan dramáticos”. En este contexto de incertidumbre, “nos permanece bien adentro la pregunta si en rigor de verdad no hubo alguien más en la escena, en ese sitio sin luz ni seguridad en ese momento”. 

El punto más crucial se dio con el correr de las horas, dado que “a nosotros nos avisa la Policía. Ninguno de los dos acompañantes de Katherine o de Alan, dio aviso a nadie. Al contrario, fueron y se acostaron a dormir. Alejo estuvo en el velorio de mi hermano unos minutos y se lo advertía nervioso. Sostuvo que él trató con efusividad de abrir la trabada puerta de la Suran pero sin éxito. Él era penitenciario y sabía bien que hacer y los dejaron solos, librados a su destino a Katherine y a Alan. No hay ningún elemento que grafique con certeza que Alejo quiso auxiliarlos. Por otro lado, ¿no se les ocurrió ni siquiera llamar a Bomberos Voluntarios o la Policía?”, subraya Diana. 

Para la familia Eseberri fue un penoso accidente y avalan los dichos de su hijo. Ahora entonces, habrá que aguardar los nuevos pasos que se avecinan.

 

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Un hombre está grave tras el incendio de su vivienda

El siniestro ocurrió en la madrugada del lunes en Necochea y Mendoza de nuestra ciudad.

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Un importante incendio tuvo lugar en una vivienda durante la madrugada del lunes.

Por razones que son materia de investigación, una casa ubicada en Necochea y Mendoza se incendió y provocó heridas de gravedad a su morador, un hombre de 73 años de edad.

La víctima fue trasladada al Hospital Municipal donde se constataron la gravedad de las heridas y donde quedó internado en terapia intensiva con pronóstico reservado.

El parte médico emitido desde el Hospital indica que el paciente tiene el 40% del cuerpo con quemaduras y compromiso de vía aérea.

El incendio se produjo en la madrugada de hoy lunes y requirió el arduo trabajo de Bomberos Voluntarios, Comisaría Segunda y personal del SAME.

FOTO. Infoeme

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 Farmacias de turno en Olavarría Facultad de Derecho